martes, 18 de mayo de 2010

PENSAMIENTO CRÍTICO
una posibilidad para zanjar de una vez y para siempre, el problema de la enseñanza misma del pensamiento y la solución de problemas.

El solucionador de I.D.E.A.L. de problemas muestra la habilidad de identificar problemas, mediante su definición y representación precisa, con la exploración de estrategias de solución posibles, la actuación de las misma y sus efectos.
La identificación de problemas (I), revela que el éxito de la solución está prácticamente en el planteamiento preciso del problema. Acerca de esto, Carl Popper sustentaba que el 50% de la solución del problema estaba en su planeación mediante el planteamiento o cuestionamiento preciso. Es por ello, que si el problema no es identificado, el fracaso es inminente, en la medida que no se aplicarán las posibles estrategias de solución tales como volver a leer la expresión y hacer preguntas para abordar lo que se quiere decir.
Una vez identificado el problema debemos definirlo con precisión (D) a fin de no perdernos en expresiones subjetivas que impidan el desarrollo de la solución o la aplicación de las estrategias planteadas que pueden dotar al problema de una solución imposible o cuando menos difícil de resolver; de ahí que deba definírsele someramente sin poner límites innecesarios a las estrategias de solución.
Los solucionadotes buscan la solución más inteligente; por ello, no basta con identificar y definir el problema, sino que es necesario establecer estrategias de exploración (E). Una de ellas, consiste en descomponer el problema en subproblemas más fáciles de comprender; desde el discurso del método, el célebre René Descartes ya practicaba a partir de la duda metódica, descomponer el todo en sus partes para un mayor y mejor conocimiento del objeto por parte del sujeto cognoscente: En el caso, una persona puede identificar el problema, puede definir sus causas pero incurrir en fallas para comprender el significado de su enunciación; de este modo, se ofrecen dos estrategias alternativas, la primera, considerar al problema a primera vista como casos especiales a fin de poder desarrollar reglas generales de decisión, la segunda, consiste en trabajar en forma retrogresiva un problema, partiendo desde la meta, objetivo o fin y concluyendo con el indicio; de este modo, la estrategia resultan ser los medios para alcanzar el fin propuesto. Una alternativa adicional consiste en representar los problemas mediante imágenes o gráficas a las que se denomina herramientas conceptuales.
Los elementos restantes aluden a que en la solución de problemas se debe actuar sobre o con base en las estrategias (a) y la constatación de los efectos (L); elementos que sumados significan verificar, o aplicar las estrategias en forma activa, pues sin intentos activos para experimentar no se detectan fallas en los métodos y en las teorías, lo que redunda en una defectuosa habilidad para comprender.
En la enseñanza del derecho, por ejemplo, las escuelas exegética francesa e histórica Alemana, parecen haberse perpetuado en nuestro país hasta nuestros días, a pesar de las tendencias y escuelas que desde entonces (véase la escuela del derecho libre) y en la actualidad han cuestionado y superado la validez de sus postulados. Se ha dicho, que el problema estriba en que existe poca interdisciplinariedad en la enseñanza del derecho en las instituciones de educación superior y, por ello, se recomienda promover la enseñanza del derecho a través de un método complejo que combine la conferencia magistral, pero también la solución de problemas, el de reconocimiento de casos prácticos o sentencias, para aprender la argumentación jurisdiccional, sin desconocer el método colaborativo o participativo que privilegia el trabajo en equipo, el debate y la oralidad, como pilares de la expresión lingüística y la argumentación jurídica tan necesaria en nuestros días, así como la importancia que tienen las clínicas jurídicas que enseñen el litigio en la defensa del interés público.
El valor de la adopción de un pensamiento reflexivo de la razón estriba en hacer énfasis en decidir qué creer y qué hacer.
En principio, se debe diferenciar el juicio ordinario del buen juicio, no desde el punto de vista procesal litigioso, sino como de la recta razón que abandona el pensamiento empírico pragmático, por el reflexivo capaz de generar conocimiento y ponerlo al servicio de la práctica.
Un juicio es entonces, una determinación del pensamiento, del lenguaje, de la acción o de la creación. Así, el pensamiento crítico es pensamiento hábil y responsable que facilita el buen juicio porque se basa en criterios, es autocorrectivo pero además sensible al contexto.
El basamento en criterios supone una conexión infranqueable entre juicio y pensamiento crítico, y encuentra en el hecho de juzgar una habilidad, traducida en la cualidad o capacidad de ejercer pensamientos bien fundados y estructurados, a manera de sugerirlo convincente: La validez del juicio por el valor de los argumentos empleados para sustentarlo, a partir de razones confiables para establecer su objetividad, aceptación y respeto en la comunidad de búsqueda, similar al auditorio universal de Perelman.
Una base sólida en la construcción del pensamiento se encuentra en los criterios valiosos o válidos, y se apela entonces a los estándares o patrones, a las leyes – a las disposiciones normativas en sentido amplio-, a los preceptos, requisitos o especificaciones, a los principios, ideales, pruebas y a los métodos o procedimientos empleados.
Así, el mejoramiento del pensamiento depende de la habilidad entonces, de identificar y atar buenas razones, cambiando la mera opinión por la buena opinión, a través del ejercicio dialéctico que informa o significa la responsabilidad cognitiva. Soportada en la confiabilidad, fuerza y relevancia de los criterios, pero también en su coherencia y consistencia. Por tanto, la noción de conocimiento presupone un criterio de unidad; de ahí que el conocimiento científico se defina como verdadero.
Cuando los criterios son considerados como base de comparación por una autoridad o por consenso general, podemos referirnos a ellos como criterios formales. Así las cosas son comparadas por medio de criterios mas o menos formales; sin embargo, los estándares representan una muestra clara de criterios; los estándares son medios eficaces de definitivas por una autoridad o agencia de estándares que una vez definidas, pugnamos por su inmutabilidad justamente para hacerlos más confiables. La relación entre criterios y estándares se establece a partir de que mientras los requisitos especifican requisitos generales, los estándares representan el grado al cual estos requisitos necesitan ser satisfechos.
Un ejemplo de lo anterior, lo encontramos en la garantía de legalidad consagrada en el artículo 16 de la norma fundamental mexicana, en cuanto a que se exige que todo acto de autoridad debe estar fundado y motivado; diríamos aquí que el criterio es la exigencia de que los actos de autoridad precisan de una fundamentación y de una motivación (criterios); no obstante, no basta para la validez constitucional del acto, el que cumpla con estos criterios, sino que además, tanto la fundamentación como la motivación han de ser debidas, exactas y suficientes (estándares), la debida fundamentación que establece dicho precepto constitucional, evoca a que el acto de molestia debe contener las disposiciones legales, acuerdo o decreto que otorgan facultades a la autoridad emisora y, en caso de que estas normas incluyan diversos supuestos, se precisen con claridad y detalle, el apartado, la fracción o fracciones, incisos y subincisos, en que apoya su actuación; mientras que la debida motivación, concierne a la expresión de las circunstancias especiales, razones particulares o causas inmediatas que tome en consideración para la emisión de dicho acto, y existir adecuación entre los motivos que se aducen y las normas aplicables.
Por otra parte, la característica de autocorrección del pensamiento critico parte de la indagación sobre la verdad o validez del pensamiento, considerando en todo momento la posibilidad de que pueda ser erróneo. Así cada uno de nosotros, tiene la posibilidad de ser autocorrectivo de su propio pensamiento, lo que bien puede lograrse mediante ejercicios de autocrítica.
Finalmente, cuando se alude a que el pensamiento es sensible al contexto, se quiere significar la comprensión holística (totalizadora) de la circunstancia de su ejercicio, esto es, la interacción del hombre y la influencia de su entorno en la construcción del conocimiento, a manera de lo que enseñaba la teoría del perspectivismo y de la razón vital e histórica, postulada por el español José Ortega y Gasset.
Esta sensibilidad atiende a circunstancias y condiciones, excepcionales o irregulares; también a las limitaciones que suponen las contingencias o coacciones del medio, a sus configuraciones generales, y a la posibilidad de que la evidencia sea atípica (condición particular) por un lado y, por otro, que los significados no sean traducibles en el dominio o contexto de otro (como sucede con Alicia en el País de las Maravillas, con el caló capitalino o los dichos populares mexicanos). Lo que se busca en consecuencia es que no se pierda de vista el criterio adoptado y el contexto en que este se aplica; así el holocausto en los prolegómenos de la mitad del siglo pasado entendía como legal voluntad popular que mandaba exterminar a los impuros basado en un criterio de derecho positivo que lo autorizaba, sin embargo, la purificación de raza no hizo sino cuestionar la validez del derecho subyugado a la supremacía de valores inmortales y trascendentes, como la justicia, confirmando que el derecho, en muchos casos, si no es que en todos, carece de justicia.
La relevancia del pensamiento crítico estriba en lograr el buen juicio que caracteriza la interpretación válida de un texto escrito, aumentando la cantidad y la calidad del significado de lo que se lee y lo que se expresa sobre lo leído; sin embargo, es imperativo armonizar diversas habilidades cognoscitivas como las de pensamiento, formación de conceptos, investigación y de transferencia.
La movilización y perfección de las habilidades cognitiva que supone el pensamiento crítico, implica considerar al proceso como un todo orgánico y funcional, comenzando por la materia prima de la comunicación y la investigación leer, escribir y razonar, cultivándolas paulatina pero decididamente, buscando la sintonía y equilibrio tanto de las habilidades como del criterio.
Adoptar el modelo holístico o complejo de la enseñanza del derecho, mediante la adopción de un pensamiento crítico, verdaderamente epistemológico capaz de superar la experiencia de lo óntico y las definiciones, muchas veces inocuas o estériles de lo ontológico, permitirá apenas trazar los caminos para un mejor ejercicio de la profesión.

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